Últimamente nos encontramos con la noticia de clínicas dentales que cierran sus puertas de un día para otro y quedan pendientes tratamientos que están sujetos a una financiación y nos preguntamos si podemos parar esa financiación ya que el tratamiento se ha quedado sin empezar o a medias.
El consejo general de dentistas hace una serie de recomendaciones para estos casos.
Primero se debe diferenciar entre créditos vinculados, créditos privados o pago en efectivo.
Los créditos vinculados son los que se hacen por mediación de la propia clínica dental, por lo tanto, es la financiera es la que abona directamente el importe a la clínica dental. En este caso queda sin efecto al no cumplirse el servicio contratado.
El paciente debe reclamar primero a la clínica dental y posteriormente a la financiera para que sea efectivo. Posiblemente necesite el presupuesto y una copia del historial clínico, que se le facilitará en su clínica dental.
En el caso de no disponer de la historia clínica, podrá solicitar a un dentista un informe del estado de su boca, para poder demostrar a la financiera los tratamientos que si están hechos y los que no.
Cuando se trata de créditos privados o dinero pagado en efectivo, el paciente deberá de reclamar a la clínica directamente el dinero abonado.
Ante cualquier duda, los afectados podrán acudir al Colegio General de Dentistas de la provincia donde residan. Allí se les informará de sus derechos y de las vías de actuación disponibles. También podrán dirigirse a las distintas organizaciones de consumidores y usuarios.